La definición exacta sobre el término “accidente laboral” queda reflejada en el art. 115 del Real Decreto Legislativo 8/2015 de la Ley general de la Seguridad Social.
Así, esta ley define el accidente de trabajo como: “toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena”.
Para que un accidente laboral sea considerado como tal, es necesario que cumpla una serie de requisitos:
– El trabajador debe sufrir una lesión corporal. El término lesión engloba a todas aquellas lesiones corporales producidas por una enfermedad, herida o golpe, así como las secuelas psicológicas o físicas que puedan derivarse de dicha lesión.
– La lesión ha de ser ocasionada en un trabajo realizado por cuenta ajena.
– Por último, debe existir una relación de causalidad entre la lesión y el trabajo realizado por el accidentado, es decir que las lesiones procedan por la actividad.
Las consecuencias de este tipo de accidentes pueden ser muy diversas, ya que varían en función del tipo de lesión sufrida y de la situación del trabajador.
Sin embargo cualquier lesión ocurrida en el trabajo es importante valorarla por técnicos por si puede constituir un accidente laboral, ya que lesiones y enfermedades que pueden entenderse como enfermedad común (infartos, enfermedades psiquiátricas, etc), pueden tener una consideración de accidente laboral.
¿Qué es considerado accidente laboral?
Como hemos reflejado anteriormente, para que un accidente sea considerado como laboral deben de efectuarse una serie de requisitos, por lo que se pueden considerar como tal las siguientes situaciones:
– Los accidentes sufridos a la ida o a la vuelta del trabajo. En efecto, este tipo de accidente es conocido como “accidente in itinere”.
– Aquellos daños ocasionados al trabajador debido a ejercer cargos de carácter sindical.
– Los daños provocados como consecuencia del cumplimiento de tareas ordenadas por la empresa, así como los ocasionados con el fin de un buen funcionamiento de la empresa.
– Aquellos daños sufridos como resultado de un acto de salvamento.
– Las enfermedades que se transmiten al realizar las tareas de dicho trabajo y aquellas que empeoran como consecuencia de las lesiones corporales sufridas.
– Todas aquellas lesiones psíquicas sufridas por el trabajador durante su jornada laboral.
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